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DEFINICIONES CONCEPTUALES EN RELACIÓN AL MARCO LEGAL

Toda vez que en la publicación relacionada con el Marco Legal de la zona de estudio, se hizo mención de términos que tienen su definición dentro de un contexto jurídico, nos permitimos citar dichos conceptos desde el punto de vista deseado por el legislador, en tal sentido y a los fines de incrementar el bagaje de conocimientos de nuestros lectores y visitantes, presentamos lo siguiente:
Definición de Zonas Costeras

Con base al Decreto 1468 con Fuerza de Ley de Zonas Costeras en su artículo 2 expresa:
“Se entiende por zonas costeras, a la unidad geográfica de ancho variable conformada por una franja terrestre, el espacio acuático adyacente y sus recursos, en la cual se interrelacionan los diversos ecosistemas, procesos y usos presentes en el espacio continental e insular”.

Asimismo, como lo establece el artículo 3 ejusdem, también forman parte de las zonas costeras:

“1. Elementos como: arrecifes coralinos, praderas de fanerógamas marinas, manglares, estuarios, deltas, lagunas costeras, humedales costeros, salinas, playas, dunas, restingas, acantilados, terrazas marinas, costas rocosas, ensenadas, bahías, golfos, penínsulas, cabos y puntas, 2. Los terrenos invadidos por el mar que por cualquier causa pasen a formar parte de su lecho en forma permanente y 3. Los terrenos ganados al mar por causas naturales o por acción del hombre”.

De acuerdo a este Decreto en su artículo 9, los elementos geomorfológicos y ecosistemas nombrados del artículo 3 forman parte del dominio público de la República en los límites de las Zonas Costeras.

Definición de Gestión Integrada de Zonas Costeras

Mediante el Decreto de Ley de Zonas Costeras, la Gestión Integrada de las Zonas Costeras se concibe como un proceso dinámico, con el cual se pretende generar y fortalecer una coordinación interinstitucional y la participación ciudadana, para administrar y utilizar de manera sustentable los recursos naturales en armonía con los recursos socio-culturales de estas áreas. Como lo establece el presente Decreto, el proceso de Gestión Integrada de Zonas Costeras:
“se desarrollará a nivel nacional, estatal y municipal, comprendiendo la puesta en acción de políticas que guíen la implementación y ejecución de un proceso dinámico para fortalecer la capacidad institucional, optimizar la planificación y coordinación de las competencias concurrentes en la administración integrada de la zona y sus recursos”.
Publicado por Campos Danniel, Flores Keiber y Vásquez Angelys

1 comentario:

Unknown dijo...

Blog A1: Muy bien por el trabajo insertado. Tendremos oportunidad de discutirlo durante la próxima clase práctica, conjuntamente con el resto de los datos solicitados.
JFFC. 16/03/07. 12:39 am